La Dirección del Registro Civil tiene como misión dar fe de los actos y hechos del estado civil de las personas en el Estado de Coahuila de Zaragoza, en el marco del derecho a la identidad, ofreciendo servicios públicos de calidad, conforme a las leyes vigentes.
Ser un organismo público moderno y eficiente, apegado a un marco legal actualizado y con funcionarios públicos comprometidos para hacer del Registro Civil de Coahuila de Zaragoza, la institución que brinde protección al derecho de la identidad de los Coahuilenses.
Los antecedentes del Registro Civil se encuentran en casi todas las culturas, ya que generalmente se censaba y contaba a sus habitantes con el fin de llevar un control de la población para el pago de impuestos.
Existen numerosos vestigios de registros de la población realizados en la antigüedad por culturas como la de Babilonia, Egipto, Persia e Israel, en esta última nación, se señala en la Biblia que el registro estuvo a cargo de Joab por mandato del Rey David.
Durante el florecimiento del Imperio Romano, se instituye en todos los territorios bajo su dominio la figura del censo, introducida por el emperador Servio Tulio en el siglo VI A.C., de esta forma se registraba a las familias y sus posesiones, pero no era igualitario por que sólo incluía a los hombres libres y no a los esclavos que eran tratados como objetos.
De conformidad con lo dispuesto por el artículo 39 de la Ley para la Familia de Coahuila de Zaragoza, y el artículo 4 de la Ley del Registro Civil, la función principal de la institución, es hacer constar de manera autentica todos los actos y hechos relacionados con el estado civil de las personas físicas, mediante la intervención de funcionarios dotados de fe pública, denominados Oficiales del Registro Civil, y a través de un sistema organizado de publicidad.
Los y las Oficiales del Registro Civil asentarán las actas en las formas determinadas para tal efecto, además deberán expedir las certificaciones que se les soliciten sobre las constancias que obren en el archivo de la Oficialía, para lo cual conservarán bajo su responsabilidad los libros, apéndices y demás documentos relativos.
La Dirección del Registro Civil tiene como principal funcion organizar, dirigir y administrar sus oficinas, cuyo titular dictará las medidas necesarias para la eficaz marcha de la dependencia y, en general, realizará todos aquellos actos y gestiones para la debida consecución de su objetivo; quien será auxiliado en sus atribuciones y obligaciones por la Subdirección Jurídica, Subdirección de Informática, Oficialía Mayor, Visitaduría Generales y los demás empleados que determine el presupuesto de egresos del Estado.