Aclaración de Actas

Documentos que se deben presentar

  1. Aclarar el apellido paterno y/o materno y/o datos de padres y/o abuelos paternos y/o maternos:
    • Acta de nacimiento del Padre o la Madre (según el caso)
    • Identificación con fotografía
  2. Aclarar el nombre del registrado:
    • Copia certificada del libro oficial
    • Documentos escolares (si los tiene)
    • Acta de Nacimiento de los hijos
    • Pasaporte
    • Acta de matrimonio
    • Documentos IMSS o ISSSTE
    • Documentos de Hacienda
    • Credencial de Elector
  3. Aclarar la fecha de Nacimiento del Registrado (día y mes)
    • Copia certificada del libro de la oficialía
    • Fe de bautizmo
    • Cartilla militar
    • Pasaporte
    • Identificación Oficial
    • Registro Federal de Contribuyentes RFC
    • Documentos IMSS o ISSSTE
  4. Aclarar el Lugar de Nacimiento del Registrado
    • Fe de Bautismo
    • Cartilla Militar
    • Acta de Matrimonio
    • Pasaporte
    • Identificación Oficial
  5. Aclarar Acta de Matrimonio:
    • La aclaración deberá ser solicitada por el cónyuge de cuyo error se trate
    • Si se refiere a los datos de los contrayente y/o de sus padres, se requiere, el acta de nacimiento del contrayente que tenga el error además de su identificación
    • Si uno de los cónyuges ya falleció se anexará el acta de defunción

    Nota:

    Vía administrativa no se puede cambiar el régimen patrimonial, ni cambiar o agregar nacionalidades extranjeras.

  6. Aclarar Acta de Defunción:
    • Para aclarar los datos del finado (nombre, edad o nacionalidad) y/o los padres del finado es necesario el acta de nacimiento del finado.
    • Para aclarar los datos del conyuge del finado es necesario el acta de nacimiento del mismo, así como el acta de matrimonio
    • Identificación Oficial

    Nota:

    No se pueden corregir por vía administrativa:

    • El estado civil del finado.
    • El nombre completo de (la) cónyuge finado
    • Causas de defunción
    • Fecha y lugar de fallecimiento

    Quien lo puede promover: si era casado promueve el cónyuge y/o los hijos a falta de este, si era soltero promueven los padres.

Nota:

En todos los casos, es requisito indispensable la comparecencia del interesado.

En caso de ser menor de edad, los padres con identificación.

Si no puede presentarse el interesado, se requiere carta poder notariada señalando los datos que se pretenden aclarar e identificación con fotografía de quien realice el trámite.

Pago de Aclaraciones:

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