Requisitos de Actos Registrales

Para Matrimonios

  • Certificado de alumbramiento original
  • Copia certificada del acta de matrimonio de los progenitores
  • Copia de identificaciones con fotografía de los progenitores
  • Dos testigos, mayores de edad, con copia de identificación con fotografía
  • Clave Única de Registro de Población de ambos progenitores

Para parejas con Concubinato

  • Constancia vigente de concubinato expedida por la Dirección del Registro Civil
  • Certificado de alumbramiento original
  • Copia certificada de acta de nacimiento de los progenitores
  • Copia de identificaciones con fotografía de los progenitores
  • Dos testigos, mayores de edad, con copia de identificación con fotografía
  • Clave Única de Registro de Población de ambos progenitores

Para parejas en Unión Libre

  • Comparecencia del padre y la madre
  • Certificado de alumbramiento original
  • Copia certificada de acta de nacimiento del padre y madre
  • Copia de identificación con fotografía del padre y madre
  • Dos testigos, mayores de edad, con copia de identificación con fotografía
  • Clave Única de Registro de Población del padre y madre

Para Madres Solteras

  • Certificado de alumbramiento original
  • Copia certificada de acta de nacimiento de la madre
  • Copia de identificación con fotografía de la madre
  • Dos testigos, mayores de edad, con copia de identificación con fotografía
  • Clave Única de Registro de Población de la madre

Registro extemporáneo para mayores de 60 días y menores de 18 años de edad

  • Certificado de Inexistencia
  • Requisitos para registrar un Nacimiento según sea el caso

Registro extemporáneo para mayores de 18 años de edad y menores de 60 años

  • Certificado de Inexistencia o mandato judicial
  • Partida parroquial de bautismo
  • Acta de Matrimonio, donde se desprende el lugar de origen del interesado
  • Identificación oficial del interesado
  • Clave Única de Registro de Población de ambos padres en su caso

Por Decreto el registro de nacimiento y primera copia certificada es GRATUITO

  • Comparecencia de quien va a ser reconocido
  • Copia de identificaciones con fotografía del reconocedor
  • Dos testigos con copia de identificación con fotografía
  • Copia certificada de acta de matrimonio de los padres o madres
  • Copia certificada de acta de nacimiento de los padres si están en concubinato o unión libre
  • Copia certificada del acta de nacimiento de quien va a ser reconocido
  • Comparecencia personal del reconocedor o de mandatario especial cuyo poder conste en escritura pública ratificadas las firmas ante Notario Público
  • Consentimiento de quien tenga la custodia del niño o niña menor de 12 años
  • Consentimiento de quien tenga la custodia del niño o niña menor y del reconocido en caso de que éste sea menor de edad pero mayor de 12 años
  • Consentimiento del reconocido en caso de que éste sea mayor de edad
  • Clave Única de Registro de Población del reconocedor
  • Pago de derechos correspondiente

  • Copia certificada de la sentencia y auto que la declare ejecutoriada
  • Oficio que remite el Juez competente a la Dirección del Registro Civil y Oficialía del Registro Civil que corresponda

  • La edad mínima para contraer matrimonio es de 18 años, para ambos solicitantes
  • Copia certificada actualizada de acta de nacimiento de los contrayentes

    En caso de que los o alguno de los contrayentes sean extranjero, el acta de nacimiento deberá de presentarse apostillada o legalizada, así como la traducción correspondiente por perito oficial autorizado en caso de estar en idioma distinto al español.

  • Examenes de laboratorio prematrimoniales
  • Constancia de asistencia al taller de orientación prematrimonial
  • Cuatro testigos, mayores de edad, con copia de identificación con fotografía, dos por cada contrayente
  • Copia certificada de acta de defunción, divorcio, terminación de pacto civil de solidaridad o de la sentencia que declare nulo el matrimonio o pacto
  • Clave Única de Registro de Población de ambos contrayentes en su caso
  • Pago de derechos correspondiente

Judicial

  • Copia certificada de la sentencia que declare el divorcio y auto que la declare ejecutoriada
  • Oficio que remite el Juez competente a la Dirección del Registro Civil y Oficial del Registro Civil que corresponda
  • Copia certificada de acta de nacimiento de los divorciados
  • Copia de identificación con fotografía de los divorciados
  • Dos testigos, mayores de edad, con copia de identificación con fotografía
  • Clave Única de Registro de Población de ambos divorciados
  • Copia de identificación oficial con fotografía de quien acuda a realizar el asentamiento
  • Pago de derechos correspondiente

Administrativo

  • Solicitud del divorcio administrativo firmada por los interesado
  • Acta de recibo de la solicitud de divorcio
  • Copia certificada de acta de matrimonio y nacimiento de los solicitantes
  • Copia de identificación con fotografía de los divorciados
  • Acta de nacimiento de los hijos, en su caso
  • Certificado médico de no gravidez
  • Documento notarial que acredite la disolución de la sociedad conyugal o bien la manifestación de no generación de bienes durante el matrimonio, según el caso
  • Dos testigos, mayores de edad, con copia de identificación con fotografía
  • Clave Única de Registro de Población de ambos solicitantes
  • Pago de derechos correspondiente

Notarial

  • El oficio emitido por el notario o notaria acompañado del acta circunstanciada fuera de protocolo por la que se consideran divorciados
  • Identificación oficial con fotografía de quien vaya a realizar el asentamiento
  • Pago de derechos correspondiente

  • Certificado de defunción
  • Acta de nacimiento del finado
  • Acta de matrimonio del finado, en su caso
  • Identificación de la o el declarante y de testigos
  • Copia certificada de la sentencia si se declara la defunción por la autoridad judicial competente
  • Clave Única de Registro de Población del finado
  • Pago de derechos correspondiente

Pasados los 60 días a partir de la fecha de la defunción, deberán de presentar certificado de inexistencia emitido por la Dirección del Registro Civil

  • Ser mayores de 18 años, para ambos solicitantes
  • Que entre los solicitantes no exista vínculo de parentesco, incluso por afinidad
  • Copia certificada actualizada de acta de nacimiento de los Interesados
  • Exámenes de laboratorio
  • Cuatro testigos, mayores de edad, con copia de identificación con fotografía, dos por cada pactante
  • Regímenes patrimoniales bajo los que se puede pactar: Separación de Bienes y Sociedad Solidaria, en el caso de que se pacte bajo éste régimen se deberá acompañar las Capitulaciones del Pacto Civil de Solidaridad
  • Copia certificada del acta de defunción, de divorcio o de terminación de pacto civil de solidaridad o copia certificada de la sentencia de nulidad de matrimonio o pacto civil de solidaridad
  • Clave Única de Registro de Población de ambos pactantes
  • Pago de derechos correspondiente

Por Mutuo Acuerdo:

  • Comparecer ambos pactantes ante el Oficial del Registro Civil
  • Si existe Régimen Patrimonial de Sociedad Solidaria se deberá justificar la liquidación de la sociedad ante el mismo Oficial

Acto Unilateral:

  • Aviso de terminación, que no deje lugar a dudas sobre su notificación (indubitable o fehaciente), dado por vía judicial o ante notario público
  • El acta de terminación deberá efectuarse dentro de los 15 días siguientes al aviso
  • Se acompañará de la constancia de la liquidación de la Sociedad Solidaria, si la hubiese

Por muerte de cualquiera de los compañeros civiles:

  • Presentando acta de defunción

Declaración de Nulidad:

  • Declaración hecha mediante resolución judicial

En todos los casos deberá presentar:

  • Copia del pacto civil de solidaridad
  • Copia certificada de acta de nacimiento de los pactantes
  • Copia de identificación con fotografía de ambos pactantes
  • Dos testigos, mayores de edad, con copia de identificación con fotografía
  • Clave Única de Registro de Población de ambos pactantes en su caso

Nacimiento:

  • Presentación del acta extranjera
  • Apostilla o legalización por autoridad competente en el País o embajada de que se trate
  • Traducción al español por perito registrado en el Tribunal Superior de Justicia según el caso
  • Copia certificada de acta de nacimiento del padre o madre o ambos mexicanos
  • Clave Única de Registro de Población de ambos padres
  • Llenar la solicitud correspondiente
  • Pago de derechos

Matrimonio:

  • Presentación del acta extranjera
  • Apostilla o legalización por autoridad competente en el País o embajada de que se trate
  • Traducción al español por perito registrado en el Tribunal Superior de Justicia según el caso
  • Copia certificada del acta de nacimiento mexicana de uno o ambos contrayentes
  • Clave Única de Registro de Población de ambos cónyuges
  • Llenar la solicitud correspondiente
  • Pago de derechos

Nacimiento:

  • Presentación del acta extranjera
  • Apostilla o legalización por autoridad competente en el País o embajada de que se trate
  • Traducción al español por perito registrado en el Tribunal Superior de Justicia según el caso
  • Copia certificada del acta de nacimiento mexicana del finado
  • Clave Única de Registro de Población del finado
  • Llenar la solicitud correspondiente
  • Pago de derechos